Qué acto se examina.
El objeto puede referirse a un contrato, un poder, una donación u otro acto jurídico. Se identifica su fecha, la información disponible y las preguntas concretas sobre comprensión y expresión de voluntad.
La pericia se orienta a ese acto. No formula una conclusión general sobre todas las decisiones pasadas o futuras de la persona.
Vulnerabilidad y posible influencia.
Se estudian las circunstancias de dependencia, aislamiento, necesidades de apoyo y relaciones relevantes que consten en las fuentes. Se diferencian esos datos de una afirmación jurídica de coacción, engaño o abuso.
La vulnerabilidad no demuestra por sí sola que la voluntad haya sido anulada. El dictamen explica qué hechos sostienen cada consideración y qué relación tienen con el acto examinado.
Fuentes y conclusiones.
La revisión puede incluir documentación aportada sobre funcionamiento, comunicaciones, antecedentes del acto y entrevistas cuando procedan. Se ordena la cronología y se contrasta la información de distintas fuentes.
El informe aporta una valoración técnica del objeto definido. La validez del consentimiento, la eficacia del negocio y sus consecuencias corresponden a la decisión jurídica pertinente.
Una pregunta frecuente.
¿El informe sustituye la valoración judicial del consentimiento?
No. Aporta análisis técnico sobre comprensión, expresión de voluntad y funcionamiento, para su valoración junto con las demás pruebas.
